Entrega de correo certificado
Recolección, transporte y entrega de correo certificado a todos los destinos de Colombia.
Entregamos sus documentos o correo certificado desde 0.1 kgs hasta 300 gramos. Este servicio es útil para la entrega de sobres, facturas, respuestas a derechos de petición y documentos similares, en los que se requiere validar la recepción de los documentos a través de certificación con validez jurídica.
Modalidades y condiciones del servicio
Entrega inmediata
Recogida:
Debe solicitarse antes de las 12 del mediodía.
Tiempo de entrega:
Se entrega el mismo día de la recolección.
Resultados:
Prueba de entrega digital y certificación el mismo día de la entrega.
Cubrimiento:
Entrega en Medellín y Bucaramanga con su respectiva área metropolitana.
Tarifa:
Entrega 24 horas
Recogida:
Se recoge de manera gratuita en la dirección que nos suministre.
Tiempo de entrega:
Entrega Certificada al día siguiente de la recogida del envío.
Resultados:
Prueba de entrega digital y certificación digital al día siguiente de la entrega en nuestra página web o correo electrónico.
Cubrimiento:
Entrega en Medellín y Bucaramanga con sus Áreas Metropolitanas. Aplica para algunas ciudades de Colombia.
Tarifa:
Entrega 48 horas
Recogida:
La recogida es gratuita el día de la solicitud y en el lugar que se nos indique.
Tiempo de entrega:
Entrega Certificada a las 48 horas de la recolección.
Resultados:
Prueba de entrega digital al día siguiente de la recolección a través de la web o correo electrónico.
Cubrimiento:
Entrega en Medellín y Bucaramanga con sus Áreas Metropolitanas.
Todas las ciudades y municipios de Colombia.
Tarifas:
Lista de objetos prohibidos:
El MINTIC - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones regula el tipo de envíos que pueden realizarse sin restricciones, solicita abstenerse de enviar objetos prohibidos o peligrosos, de acuerdo con las normas vigentes. Para estos efectos se consideran como objetos postales prohibidos los siguientes:
- Los estupefacientes y las sustancias sicotrópicas. El opio, la morfina, la cocaína, la marihuana, y demás estupefacientes. No se aplicará ésta restricción a los envíos con fines médicos o científicos para los países que los admitan en tales condiciones.
- Los líquidos corrosivos y las sustancias venenosas, las materias grasas, los polvos colorantes y otras materias similares.
- Objetos que por su naturaleza o embalaje pongan en peligro a los empleados de los servicios postales o al público en general o que puedan ensuciar o dañar otros objetos postales o los equipos del operador.
- Animales vivos.
- El envío de papel moneda, títulos valores de cualquier tipo pagaderos al portador, platino, oro, plata, piedras preciosas, joyas y otros objetos de valor de similar naturaleza, que no se envíen asegurados. La prohibición del envío de papel moneda no opera en la admisión de dinero por parte del operador de servicios postales de pago que suministren esta clase de servicios a sus usuarios.
- Los objetos cuyo tráfico sea constitutivo de un delito.
- Los objetos que se determinen en convenios internacionales de los cuales Colombia sea signataria.
- Los documentos que tengan carácter de correspondencia actual y personal, intercambiados entre personas que no sean el expedidor y el destinatario o personas que convivan con ellos.
- Materias explosivas, inflamables o peligrosas como armas, municiones, elementos bélicos de toda especie, fuegos artificiales, detonadores, cohetes, petardos entre otros. Así como también de materias radiactivas, en todas las categorías de envíos.
- Los objetos falsificados o pirateados.